- Los directores, dignatarios y accionistas pueden ser personas jurídicas o naturales.
- Cualquier cambio inicial o actual de los directores o dignatarios debe ser inscrito en el Registro de las Bahamas.
- Los directores pueden otorgar poderes generales o especiales.
- Se permite que las compañías tengan un solo director.
- Ni los directores, ni los dignatarios pueden ser accionistas.
- Los accionistas, directores y dignatarios pueden ser de cualquier nacionalidad y pueden ser residentes de cualquier país.
- Las reuniones de los accionistas y directores pueden celebrarse en cualquier país y éstos pueden participar en la reunión por a través de cualquier medio electrónico (teléfono, fax, etc.).